La construcción, como sector clave de la economía española, tiene un importante trabajo que llevar a cabo en el campo de la eficiencia energética: edificios de consumo casi cero para el año 2020.
La publicación el 19 de mayo de 2010 de la Directiva Europea 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios, determina una postura decidida de los Estados miembros por construir una Europa más verde, ecológica y menos dependiente de los combustibles fósiles, mediante el endurecimiento de los requisitos que los edificios han de cumplir en esta materia.
Su apuesta estandarte es “edificios de consumo casi nulo” (nearly zero energy buildings), ya que dispone que todos los edificios públicos construidos a partir del 31 de diciembre de 2018 en Europa deben presentar un consumo energético cercano a cero. Para los edificios de titularidad privada, la fecha límite es el 31 de diciembre de 2020.
La Directiva define a un edificio como de consumo de energía casi nulo, como aquel que cuenta con un nivel de eficiencia energética muy alto, siendo casi nula o muy baja la cantidad de energía requerida que debería estar cubierta, en muy amplia medida, por energía procedente de fuentes renovables producidas in situ o en el entorno.
Para conseguir este objetivo a Directiva es más específica respecto a temas como la iluminación y la climatización, promocionando el uso de sistemas de alta eficiencia como la generación descentralizada a partir de energías renovables, la cogeneración, redes urbanas de frío y calor, bombas de calor, monitorización y control, etc.
La transposición de esta Directiva al ordenamiento jurídico español va a tener consecuencias directas en la normativa edificatoria, ya que deberá ser revisada en lo que atañe al consumo de energía en los edificios, cuyos requisitos de eficiencia energética deberán endurecerse. Asimismo, el diseño de edificios de consumo de energía casi nulo implicará una revolución en el proceso de diseño y construcción de los edificios destacando, entre otras, la mayor presencia de sistemas pasivos (sistemas de protección solar regulables, ventilación natural…), para lo que se necesitará la presencia de equipos multidisciplinares, urbanistas, arquitectos, ingenieros, que trabajen en el proyecto desde su concepción.
Así, mientras que el cumplimiento estricto de las condiciones establecidas en el Código Técnico de la Edificación (CTE) otorgaría a un determinado edificio alrededor de una certificación energética de C, con la nueva Directiva sería necesario alcanzar calificaciones de A para cumplir con los requisitos que establece.
¿Y qué pasa con los edificios existentes, los grandes consumidores de energía? La Directiva 2010/31 se centra más en edificios nuevos que existentes, limitándose a apuntar que podrán fijarse requisitos a los mismos, pero sin especificarlos, por lo que parece que estos requerimientos se emplazan para futuros desarrollos normativos. En cualquier caso, y teniendo en cuenta que el nivel de construcción de nuevos edificios ha bajado considerablemente y la previsión es que no se vuelva a niveles anteriores a la crisis durante un largo periodo de tiempo, será necesario establecer estrategias que fomenten la rehabilitación energética de los edificios existentes -deducciones fiscales, plan Renove, etc.-, que permitan una mayor eficiencia en el consumo del parque inmobiliario edificado.
Fuente: Revista panel (Fundación laboral de la Construcción)
Fuente: Revista panel (Fundación laboral de la Construcción)
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